Marco Normativo: Desde el 1 de junio de 2020, el gobierno mexicano implementó disposiciones fiscales específicas para las plataformas digitales. Estas reformas se introdujeron principalmente en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), a fin de regular las actividades realizadas a través de plataformas digitales extranjeras y mexicanas que proporcionan servicios o venden productos en el país.
1. Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Las personas físicas que obtienen ingresos mediante plataformas digitales deben cumplir con el ISR en función de los ingresos percibidos. Este impuesto se retiene directamente por la plataforma y tiene tasas diferentes según el tipo de servicio prestado.
- Tasas de ISR retenido:
- Transporte de pasajeros y entrega de bienes: 2.1% a 8%.
- Venta de bienes y prestación de servicios: 0.4% a 5.4%.
- Alojamiento: 2% a 10%.
Las tasas aumentan conforme se incrementan los ingresos, por lo que se aplican tarifas progresivas. Si la persona física está inscrita en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), puede optar por este régimen para cumplir con sus obligaciones fiscales de manera más sencilla y con tasas preferenciales.
2. Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Físicas
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una opción fiscal introducida en 2022 para facilitar el cumplimiento tributario de personas físicas con actividades empresariales o profesionales que no excedan los $3,500,000 MXN en ingresos anuales.
- Tasas de ISR preferenciales:
- Bajo el RESICO, el ISR se calcula con tasas que van desde el 1% hasta el 2.5%, dependiendo del nivel de ingresos, lo que resulta en una menor carga fiscal comparado con otros regímenes.
- Las plataformas pueden realizar la retención de ISR conforme a las tasas aplicables del RESICO, siempre y cuando el contribuyente esté inscrito en este régimen y cumpla con las condiciones.
- Beneficios del RESICO:
- Permite una menor carga fiscal para los pequeños contribuyentes.
- Simplificación en las declaraciones y pagos mensuales.
- Los contribuyentes del RESICO no están obligados a llevar contabilidad completa, pero deben emitir facturas electrónicas (CFDI) por sus ingresos.
3. Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Las plataformas digitales también están obligadas a retener el IVA, que es del 16% en la mayoría de las transacciones.
- Consideraciones sobre el IVA:
- Las plataformas digitales deben retener el 50% del IVA cobrado al cliente por la transacción, si la persona física no está registrada en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes).
- Si el usuario de la plataforma está registrado en el RFC, la retención será del 100% del IVA.
- Los contribuyentes que tributen bajo el RESICO también deben cumplir con sus obligaciones de IVA, presentando sus declaraciones mensuales y acreditando el IVA retenido por la plataforma.
4. Posibles Deducciones:
Bajo este régimen, las personas físicas pueden realizar deducciones que permitan disminuir la base imponible del ISR. Algunas deducciones comunes incluyen:
- Gastos relacionados con la actividad económica: Como el combustible, reparaciones, comisiones pagadas a la plataforma, y otros insumos directamente vinculados con la prestación de servicios o venta de bienes.
- Pagos a terceros: Si contratan servicios de terceros para cumplir con sus compromisos a través de la plataforma, estos pueden ser deducibles siempre que cuenten con facturas electrónicas (CFDI).
- Equipo de trabajo: La compra de equipos necesarios para la prestación del servicio o la venta de productos, como vehículos, teléfonos móviles, computadoras, entre otros.
- Deducciones personales: Aplican las deducciones personales generales como gastos médicos, seguros de salud y aportaciones voluntarias a fondos de ahorro para el retiro, siempre y cuando estén debidamente facturados.
5. Límite Máximo de Ingresos Anuales en el Régimen de Plataformas
El límite máximo de ingresos anuales bajo el régimen de plataformas digitales es de $300,000 MXN. Esto aplica cuando las personas físicas están inscritas en el régimen simplificado y permiten que las plataformas retengan el ISR correspondiente. Si se supera este monto, la persona física ya no puede permanecer en el esquema simplificado de retención y debe optar por presentar sus pagos provisionales de ISR de manera directa y formal.
- Relación con el RESICO:
- Si una persona física inscrita en el RESICO supera los $3,500,000 MXN anuales en ingresos, deberá abandonar este régimen y tributar bajo el régimen general de actividades empresariales o profesionales.
- El RESICO es compatible con plataformas digitales siempre y cuando los ingresos generados por plataformas se incluyan dentro del límite mencionado y se cumplan con las obligaciones mensuales de ISR e IVA.
6. Acumulación con Otros Ingresos
Los ingresos obtenidos a través de plataformas digitales se acumulan con cualquier otro tipo de ingreso que tenga la persona física. Esto es importante porque, en el cálculo de los impuestos anuales, el SAT considera todos los ingresos, lo que puede afectar la tasa aplicable de ISR.
- Tipos de ingresos acumulables:
- Salarios: Si una persona física obtiene ingresos por salarios además de sus actividades en plataformas digitales, ambos montos se sumarán para determinar la base gravable del ISR.
- Honorarios profesionales o actividades empresariales: Los ingresos por servicios independientes o actividades empresariales también se suman a los ingresos por plataformas.
- Arrendamiento de inmuebles: Si el contribuyente obtiene ingresos por arrendamiento, estos se acumulan con los ingresos por plataformas.
- Intereses y dividendos: Cualquier ganancia o interés recibido por inversiones también deberá incluirse en el cálculo total de ingresos acumulables.
- Relación con el RESICO:
- Para quienes están inscritos en el RESICO, es importante que los ingresos por otras actividades también se consideren dentro del límite de $3,500,000 MXN para mantener los beneficios de este régimen.
- La acumulación de ingresos de diferentes fuentes puede afectar la permanencia en el RESICO, ya que al exceder el límite, se pierde la opción de tributar bajo este régimen simplificado.
7. Régimen Fiscal para Personas Morales
Las personas morales que operan a través de plataformas digitales tienen obligaciones fiscales adicionales en comparación con las personas físicas. El tratamiento fiscal para personas morales incluye:
- ISR Corporativo: Las personas morales tributan bajo el régimen general de las empresas, donde el ISR es del 30% sobre la utilidad neta (ingresos menos deducciones autorizadas).
- Deducciones autorizadas: Las personas morales pueden deducir una amplia variedad de gastos relacionados con la actividad empresarial, incluyendo nómina, renta de oficinas, insumos, comisiones pagadas a la plataforma y servicios contratados.
- IVA: Las personas morales también están obligadas a retener y trasladar el IVA sobre los servicios prestados a través de la plataforma. El IVA retenido es acreditable contra el IVA que la empresa debe pagar.
- Declaraciones mensuales: Las personas morales deben presentar declaraciones mensuales de ISR, IVA y, en su caso, de otros impuestos aplicables.
8. Formas de Registro en Airbnb (y otras plataformas similares)
En plataformas como Airbnb, existen tres formas en las que los usuarios pueden registrarse, y cada una de ellas afecta las retenciones fiscales que la plataforma realiza:
1. Persona Física sin RFC:
- En este caso, la plataforma realiza la retención de impuestos, pero al no estar el usuario registrado en el RFC, las tasas de retención son más elevadas.
- Se retiene el 100% del IVA generado por las transacciones y el ISR aplicable según las tablas de retención.
2. Persona Física con RFC:
- Si el usuario está registrado en el RFC, puede beneficiarse de retenciones menores, ya que la plataforma realiza las retenciones conforme a las tasas aplicables al régimen de persona física.
- La retención de IVA es del 50% y el ISR se retiene conforme a los ingresos reportados y las tablas de retención.
3. Persona Moral:
- Las personas morales deben tributar conforme al régimen general de empresas, donde la plataforma retiene los impuestos correspondientes, pero la carga principal de declaración recae sobre la persona moral.
- Las personas morales deben llevar contabilidad formal y presentar declaraciones mensuales y anuales, tal como lo haría cualquier empresa.
- La plataforma aplica las retenciones del IVA completo y reporta al SAT los ingresos de la persona moral.
9. Declaración Anual
En la declaración anual, todas las fuentes de ingreso deben reportarse. Si el contribuyente decide seguir el esquema.